Servicios públicos a nombre de extranjeros
Contratar agua, luz, gas e internet suele ser uno de los primeros trámites al arrendar. Para un extranjero, la duda es si se puede poner el servicio a su nombre y qué documentos pedirán.
Servicios que se contratan
Agua y alcantarillado, energía, gas natural o por cilindro, aseo, internet y televisión. Muchos arriendos incluyen parte de ellos o se pagan por separado; aclara esto en el contrato.
Documentos habituales
Documento de identidad (pasaporte o cédula de extranjería), contrato de arrendamiento o certificado de tradición, y en ocasiones una referencia o depósito. Las empresas suelen asociar el servicio al inmueble y a quien firma.
A nombre de quién
Si el servicio ya existe a nombre del propietario, puede ser más sencillo mantenerlo y reembolsar los consumos. Si lo pones a tu nombre, solicita paz y salvo del anterior titular para no asumir deudas.
Facturas y pagos
Las facturas se pagan en bancos, corresponsales, aplicaciones o débito automático. Guarda los comprobantes y revisa mes a mes los consumos.
Reclamos
Si hay cobros erróneos, presenta una reclamación escrita a la empresa; si no responde, puedes acudir a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.
Preguntas frecuentes
¿Puedo contratar internet con pasaporte?
Muchos operadores lo aceptan; algunos piden documento colombiano o codeudor. Pregunta.
¿Qué es un paz y salvo?
Un documento que certifica que no hay deudas pendientes en el servicio.
¿Quién paga si hay deuda anterior?
Depende del servicio y la contratación; pide paz y salvo antes de recibir el inmueble.
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Información general basada en normas y prácticas vigentes; puede cambiar. Confirma tu caso con la fuente oficial o un profesional autorizado. No es asesoría legal, tributaria ni médica.